+351 227 537 270 (Chamada para a rede fixa nacional)
info@domingossalvador.pt
PT EN ES
Área Reservada
menu
9 septiembre 2015

Perdón fiscal para deudas de peajes

Está en efecto una ley que ofrece perdón de impuestos a todos los contribuyentes que, voluntariamente paguen las deudas relacionadas con peajes. Estas deudas incluyen las tarifas de peaje, intereses de demora y multas.    Aprobado por la ley no. 51/2015, el régimen excepcional de regularización de deudas resultantes de falta de pago de tasas de peaje cube todas las deudas contraídas hasta el 30 de abril del año en curso.    Beneficios del plan  El pago de la tasa de peaje en deuda, hecha en la presente ley establece, con respecto a la deuda de la tasa de peaje:    a)    la dispensa total de interés;    b)    la reducción a la mitad de los costos del proceso de ejecución fiscal;    Y, en cuanto a la multa asociada a la deuda, permite:  c)    reducción de la multa hasta los 90% (que no puede resultar en un valor de menos de 5 euros, que será el mínimo a pagar);    d)    renuncia de los cargos sobre el proceso de infracción;    e)    renuncia a los cargos del proceso ejecutivo, si la multa es de recogerse en este proceso.   Fecha límite  Para tomar ventaja de este esquema excepcional, debe hacer el pago de las deudas de las tasas de peaje hasta el 29 de septiembre de 2015 (inclusive).    Le recomendamos que no deje de tomar ventaja de este perdón de impuestos, que podría aliviar la carga de la deuda contraída.   Para obtener más información, contacte con nosotros a través del T. 227 537270.
close
En el caso de una disputa, el consumidor puede utilizar un Organismo de resolución alternativa de disputas:

CICAP – Tribunal Arbitral de Consumo
Rua Damião de Góis, 31, Loja 6, 4050-225, Porto
+351 22 550 83 49 / +351 22 502 97 91
cicap@cicap.pt

Más información sobre Portal do Consumidor www.consumidor.pt