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1 febrero 2019

Registro Central del Beneficiario Efectivo

Esta es una información aplicable en Portugal.  De acuerdo con la Ley nº 89/2017 y la Portaria nº 233/2018, del 21 de agosto se implementó el Registro Central del Beneficiario Efectivo (RCBE). ¿QUÉ ES EL RCBE? El RCBE es una base de datos con información exacta y actualizada sobre las personas que, de forma directa o indirecta, tengan algún control o propiedad de las entidades en cuestión (beneficiarios efectivos). ¿QUÉ EL FIN DE ESTA OBLIGACIÓN? Esta base de datos tiene por objeto reforzar la transparencia en las relaciones comerciales y prevenir y combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. ¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO? Las entidades obligadas son: • Empresas; • asociaciones; • Cooperativas; • Representaciones de entidades no residentes, entre otros. En suma: todas las entidades que ejerzan actividad o negocio jurídico que obtengan un Número de Identificación de Persona Colectiva. ¿QUIEN PUEDE HACER LA COMUNICACIÓN? A través de la autenticación de la tarjeta de ciudadano o clave digital móvil: • Gerentes / Administradores; • Los abogados;  • Notarios; • Los abogados;  En el futuro también podrán ser los Contables Certificados (sin fecha prevista). ¿QUÉ ES EL BENEFICIARIO EFECTIVO? Es la persona física que controla, directa o indirectamente, a través de la propiedad de las participaciones sociales o de otros medios, definidos en la ley 83/2017, de 18 de agosto, una empresa, asociación, fundación, entidad empresarial, entre otros. ¿CUÁLES LOS EJEMPLOS DE INDICADORES DE CONTROL DE SOCIEDAD? • Detención del 25% del capital social, a través de la propiedad o derecho de voto; • Derechos especiales que permitan el control de la entidad; • En casos especiales: dirección superior; ¿QUÉ EL PLAZO DE LA COMUNICACIÓN? En el caso de entidades constituidas antes del 1 de octubre de 2018, el registro debe ser hecho hasta el 30 de abril de 2019; en el caso de entidades constituidas después de esa fecha, disponen de 30 días para efectuar el registro. ¿CÓMO SE PROCEDE A LA ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN? Siempre que haya cambios en la información sobre la entidad o los beneficiarios, éstos deberán comunicarse en un plazo de 30 días a partir del hecho de que la origina. Sin embargo, a partir de 2020, la actualización pasará a ser hecha hasta el día 15 de julio de cada año, en el momento de la presentación de la IES. El incumplimiento de las obligaciones previstas en el diploma por parte de las entidades sujetas al RCBE puede constituir una contratación punible con una multa de 1.000,00 EUR a 50.000,00 EUR. ¿QUIÉN GERE LA BASE DE DATOS? • La entidad responsable del RCBE es la Oficina de los Registros y del Notariado. • La obligación declarativa debe realizarse a través del enlace: https://rcbe.justica.gov.pt/. Esta publicación es meramente informativa, y no dispensa la consulta de la legislación aplicable.
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En el caso de una disputa, el consumidor puede utilizar un Organismo de resolución alternativa de disputas:

CICAP – Tribunal Arbitral de Consumo
Rua Damião de Góis, 31, Loja 6, 4050-225, Porto
+351 22 550 83 49 / +351 22 502 97 91
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