18 junio 2019
¿Qué es el Contrato-Generación?
A través de la Portaría nº 112-A/2019, del 12 de abril, fue publicado el Reglamento sobre el establecimiento de la medida Contrato-Generación. Se trata de la atribución de un incentivo a la contratación, sin plazo y al mismo tiempo, de jóvenes que buscan su primer empleo y de desempleados de larga o muy larga duración. El Contrato-Generación asienta en los siguientes puntos: • Fomentar la inserción profesional de las personas con mayores dificultades para integrarse en el mercado laboral; • Fomentar la creación neta de puestos de trabajo; • Promover la mejora y la calidad de los vínculos laborales; • Promover el envejecimiento activo y el empleo jóven; Destinatarios Jóvenes que buscan el primer empleo Las personas inscritas como desempleadas en el IEFP, I.P., edad hasta 30 años (incluido), que nunca han estado trabajando mediante un contrato indefinido. Desempleados de larga duración Las personas que tienen 45 o más años y que están registrados como desempleados hace 12 meses o más; Desempleados de larga duración Las personas que tienen 45 o más años y que están registradas como desempleadas hace 25 meses o más. Requisitos para la concesión del incentivo • Celebración de al menos 2 contratos de trabajo indefinidos, a tiempo completo o parcial, al mismo tiempo, con jóvenes y desempleados de larga duración o de muy larga duración. • Alcanzar, mediante la ayuda prevista en esta medida, un número total de trabajadores más alto que la media de los registrados en los doce meses anteriores al registro de la primera oferta de empleo. Modalidade de incentivo Por la contratación indefinida de: Persona que busca el primer trabajo Apoyo financiero por valor de 9 veces el valor del IAS; Reducción temporal de 50% de la contribución de la responsabilidad del empleador por un período de 5 años. Desempleados de larga duración Apoyo financiero por valor de 9 veces el valor del IAS; Reducción temporal de 50% de la contribución de la responsabilidad del empleador por un período de 3 años. Desempleados de muy larga duración Apoyo financiero por valor de 9 veces el valor del IAS; Exención temporal de la tasa contributiva de la responsabilidad del empleador, por un período de 3 años Para obtener más información, consulte la Portaría nº 112-A/2019, del 12 de abril