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31 marzo 2015

Profesionales autónomos: ¿régimen simplificado o contabilidad organizada?

¿Es autónomo y no sabe cuál es el régimen fiscal más ventajoso para usted?  La elección del sistema de tributación fiscal determinará las obligaciones que tendrá que cumplir desde el inicio de su actividad. De forma predeterminada, las personas individuales que declaran inicio de actividad se registran en el sistema simplificado de tributación, no obstante, pueden optar por la contabilidad organizada.   ¿En qué situaciones le interesará optar por el sistema de contabilidad organizada?  -Si sus gastos con la actividad superan el valor restante del coeficiente calculado automáticamente en el régimen simplificado (dado que esto no le permite deducir gastos);  -Si el volumén de facturación es suficientemente alto para ser tributado mensualmente por el importe neto (diferencia entre las ventas y los gastos).  Sin embargo, el régimen de contabilidad organizada es obligatorio, siempre y cuando, durante los últimos 2 años, usted ha obtenido ingresos de 200 mil euros en dos períodos consecutivos de impuestos o, cuando eso ocurra en un único período, en una cantidad superior al 25% (250.000€).  Cualquiera que sea su elección, es posible cambiar de un esquema al otro al año siguiente (la comunicación del cambio deberá hacerse hasta marzo).  De modo a mejor llegar a una decisión, por favor póngase en contacto con nosotros.
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En el caso de una disputa, el consumidor puede utilizar un Organismo de resolución alternativa de disputas:

CICAP – Tribunal Arbitral de Consumo
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