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17 febrero 2021

Covid-19 Línea de apoyo a la economía, la industria exportadora y las empresas turísticas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO?
Con el objetivo de apoyar el empleo y mantener los puestos de trabajo en dos sectores fuertemente afectados por la pandemia: la industria y el turismo, el Banco Português do Fomento abrió el 18 de enero de 2021 las solicitudes para las nuevas Líneas de Apoyo a la Economía Covid-19.

¿CUÁL ES EL IMPORTE TOTAL DE LA LÍNEA?
La línea de apoyo a las empresas exportadoras de la industria y el turismo cuenta con una dotación global de 1.050 millones de euros.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), incluidas las empresas unipersonales (ENI), así como las Small Mid Cap y Mid Cap, en cualquiera de los casos con actividad en Portugal continental, que desarrollen actividad en las listas de CAE detalladas en la ficha técnica y que cumplan acumulativamente los siguientes requisitos
  • No fueron consideradas como empresas en crisis a 31 de diciembre de 2019;
  • No tener incidencias sin resolver con el Banco, BPF o entidades participadas, en la fecha de emisión del contrato
  • Tener, en la fecha de la financiación, la situación resuelta con la AT y la SS, o en el caso de deudas con vencimiento posterior a marzo de 2020, se garantiza el acceso a la financiación, bajo la condición de la posterior adhesión a un plan de pagos;
  • No se consideran entidades con sede o dirección efectiva en países, territorios o regiones con un régimen fiscal claramente más favorable (offshore), ni empresas controladas por entidades, incluidas las estructuras fiduciarias de cualquier naturaleza, con sede o dirección efectiva en países, territorios o regiones con un régimen fiscal claramente más favorable
  •     Cumplir con un Ratio de Intensidad de Exportación para 2019 de al menos el 20%;
  •     Cumplir con la obligación de inscripción en el Registro Central del Beneficiario Real
¿QUÉ OPERACIONES SON ADMISIBLES?
Operaciones destinadas exclusivamente a financiar las necesidades de tesorería.

¿CUÁL ES EL IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN?
  • Una cantidad de 4.000 euros por puesto de trabajo acreditada a través de la última hoja de salario presentada a la Seguridad Social antes de la contratación de la operación con el banco, siempre que esta cantidad no supere
  • dos veces la masa salarial anual del beneficiario en 2019 o en el último año disponible. En el caso de empresas creadas a partir del 1 de enero de 2019, el importe máximo del préstamo no podrá superar la estimación debidamente documentada de la masa salarial anual de los dos primeros años de funcionamiento; o
  • El 25% de la facturación total del beneficiario en 2019.
¿CUÁLES SON LOS PLAZOS MÁXIMOS DE AMORTIZACIÓN, CARENCIA Y UTILIZACIÓN?
Plazo de financiación global: hasta 6 años, tras la contratación de la operación.
Periodo de carencia: hasta 12 meses de carencia, tras la contratación de la operación.
Plazo de utilización: Una única utilización del importe total, en un plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de contratación, no pudiendo el Banco asignar una fecha de valor de crédito en la cuenta del cliente anterior a la fecha de puesta a disposición efectiva de los fondos.
Una parte del préstamo puede convertirse en una subvención no reembolsable, hasta un límite del 20% del importe del préstamo, calculándose el porcentaje de conversión en las siguientes condiciones
  • Conversión del 20% del préstamo en subvención a fondo perdido con el mantenimiento de todos los puestos de trabajo, respecto a los comprobados en la última nómina presentada a la Seguridad Social con los datos de todos los trabajadores antes de la fecha de contratación de la operación con el banco, durante al menos 12 meses desde la fecha de contratación;
  • En el caso de no mantenimiento de todos los puestos de trabajo, en los términos del punto anterior, el porcentaje máximo de conversión del préstamo en subvención a fondo perdido (20%) se reducirá en la proporción correspondiente a la reducción de los puestos de trabajo, no habiendo lugar a la conversión si el no mantenimiento de los puestos de trabajo es superior al 30% en relación con los comprobados en la última nómina presentada a la Seguridad Social con los datos de todos los trabajadores antes de la fecha de contratación de la operación con la entidad bancaria;

Este artículo es meramente informativo y no prescinde de la lectura del documento oficial del Banco Portugués de Fomento, por lo que para más información deberá dirigirse a su entidad de crédito.
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En el caso de una disputa, el consumidor puede utilizar un Organismo de resolución alternativa de disputas:

CICAP – Tribunal Arbitral de Consumo
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