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18 enero 2021

Conozca el calendario de Hacienda para 2021

Anote las fechas en su agenda.

15 de febrero
Tiene hasta esta fecha para informar sobre su hogar. Si su situación familiar o personal ha cambiado (nacimiento de hijos, matrimonio, divorcio, fallecimiento del cónyuge, cambio de residencia permanente, hijos en régimen de custodia compartida o hijos que dejan de ser considerados como dependientes) debe comunicarlo a la Agencia Tributaria, en el Portal das Finanças.

25 de febrero
Hasta esta fecha, debe comprobar todas las facturas de gastos en su página personal de facturas electrónicas, en el Portal de Finanzas. Si has obtenido ingresos por cuenta propia en 2020 y estás acogido al régimen simplificado, debes indicar en la factura electrónica si los gastos son personales, profesionales o mixtos.

15 de marzo
Hasta el 15 de marzo se podrán consultar los importes de las retenciones a la recaudación previstas por los gastos acreditados mediante factura y otros documentos. La información sobre los importes de las deducciones a la base imponible será visible en una nueva página personal en el Portal das Finanças.

Del 15 al 31 de marzo
En caso de que no esté de acuerdo con los importes de las deducciones a la base imponible relacionadas con los gastos generales de la familia y el beneficio por la exigencia de una factura determinada por la Administración Tributaria, puede presentar una reclamación ante esta entidad hasta el 31 de marzo. Es también en este periodo cuando se puede elegir de antemano la entidad a la que se quiere consignar el IRS o el IVA.

De abril a junio
La entrega del IRS en 2021, referida a los ingresos de 2020, se realiza del 1 de abril al 30 de junio. Esto es así independientemente de la categoría de ingresos.

31 de julio
En esta fecha, la Agencia Tributaria tiene que enviar la notificación de evaluación del IRS. Es en este documento donde la Agencia Tributaria revela cómo ha calculado el impuesto.
Esta es también la fecha límite para recibir un reembolso, si procede.

31 de agosto
Si tiene que pagar impuestos adicionales al Estado, debe hacerlo antes del 31 de agosto. Esto es así si ha cumplido con el plazo de presentación ante Hacienda. De lo contrario, tiene hasta el 31 de diciembre para realizar el pago.

Esta información no exime de consultar el documento oficial.

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En el caso de una disputa, el consumidor puede utilizar un Organismo de resolución alternativa de disputas:

CICAP – Tribunal Arbitral de Consumo
Rua Damião de Góis, 31, Loja 6, 4050-225, Porto
+351 22 550 83 49 / +351 22 502 97 91
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