8 mayo 2015
7 pasos básciso para crear una empresa
El deseo de independencia, logro profesional o incluso la solución a una situación de desempleo son los principales motores que impulsan los portugueses a crear su propio negocio. Si este es un proyecto que está en su punto de mira, conozca los principales pasos en el proceso de creación de una empresa: 1 Análisis de la viabilidad del negocio Según las estadísticas, casi la mitad de las empresas creadas en Portugal no sobreviven más de 2 años. Entonces, debe ser prioridad del emprendedor analizar la viabilidad del negocio, conocer los gastos y obligaciones legales, de contabilidad y fiscales inherentes a la actividad. Para ello, debe recurrir a una empresa de asesoría contable, que apoyará la realización de un estudio de mercado, analizará y cuantificará los costes (directos e indirectos) del proyecto, el capital necesario y fuentes de inversión interna / externa, y sistemas de incentivos estatales /comunitarios, entre otros. Si las perspectivas son positivas, entonces es seguro proceder a la creación efectiva de la empresa. 2ª Elección de nombre y del Pacto Social Las asignaturas o designaciones para las empresas son aprobadas por el Registro Nacional de Personas Colectivas (RNPC) y pueden contener una referencia a la actividad a ejercer que figuere en el objeto social. La asignación de nombre es inmediata si: - se selecciona de la lista de nombres aprobados; - Se incorpora con el nombre (s) de la (s) socio (s). Si desea que su empresa tienga un nombre personalizado, usted debe aplicar a la RNPC, completando el formulario "Solicitud de Certificado de Admisibilidad de Nombre Comercial" que permite presentar 3 propuestas para la designación. Este organismo aprobará o rechazará la (s) propuesta (s). Si la solicitud es aceptada, el RNPC asigna un código de acceso al certificado de admisibilidad de forma inmaterial, que debe ser indicado en el momento del acto de creación de la empresa. Si se deniega la solicitud, se debe repetir la orden inicial en 10 días laborales después de la fecha de la orden, sin pago adicional. 3. Firma del acuerdo constitutivo de la sociedad y Registro Mercantil En un Notario, en una Conservatória del Registro Mercantil o en un Stand “Empresa na Hora” (empresa al momento) es asignado el pacto constitutivo de la sociedad, se expide el código de acceso a la Tarjeta de Persona Colectiva, efectuado el registro de la sociedad y expediendo el código de acceso al correspondiente certificado permanente. El depósito del capital social podrá efectuarse en el momento de la creación de la empresa. Si eso no sucede, el socio(s) deberá(n) declarar, bajo su propia responsabilidad, que el mismo será depositado en efectivo, dentro de 5 días hábiles o al final del primer año fiscal. 5º Declaración Fiscal de Inicio de Actividad Presentación de la Declaración Fiscal de inicio de actividad ante la Superintendencia de Administración Tributaria y Aduanera en un plazo máximo de 15 días consecutivos después de la creación de la sociedad. En el caso de las empresas comerciales, esta declaración del impuesto debe ser presentada con el Asesor Contable ya nombrado para asumir la responsabilidad técnica y cumplimiento declarativo fiscal de la sociedad ante la Administración Tributaria y Aduanera. 6º Creación de Correo Electrónico La sociedad se encontra legalmente obligada a crear un "correo electrónico" en el Portal, que simultáneamente estará asociado con una cuenta en “Via CTT” para recibir correo de parte de la Administración Tributaria y Aduanera. 7º Inscripción en la Seguridad Social (CDSS) La inscripción de la sociedad en la Seguridad Social se realiza automáticamente por transferencia electrónica de datos. Sin embargo, la sociedad tiene el deber legal de confirmar el registro de los miembros de los órganos sociales (Administración/Gerencia) dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación de la Declaración Fiscal sobre la Iniciación de la Actividad Fiscal y en ese momento puede hacer una solicitud para la exención del pago de las contribuciones obligatorias de Seguridad Social (en el caso de miembros que tengan actividad profesional por cuenta de otro). Para más informaciones, por favor no dude en consultarnos: T. 227 537 270 ou contabilidade@domingossalvador.pt. Este artículo es de carácter general y meramente informativo, no sustituyendo en cualquier forma, asesoramiento profesional específico para cada caso en particular.